domingo, 5 de febrero de 2017

Tetraedro de la Crminalística, Caso: modelo Angela Medina

República Bolivariana de Venezuela
Universidad Fermín Toro
Facultad de Ciencias Jurídicas
Barquisimeto Estado-Lara










Integrantes:
Deyvireth Márquez
V-22274425
Elio Dellan
V-24159194
Sección:
N6B6

El Tetraedro de la Criminalística

Sitio del Suceso: el sitio del suceso constituye, en principio, la fuente principal de producción de evidencia física, relacionada con un hecho delictivo, con un hecho criminal. Decimos en principio, debido a que este tema a desarrollar es el Tetraedro de la Criminalística, cuando hablamos de Tetraedro, es porque debemos asociarlo a cuatro aspectos de la Criminalística o cuatro caras de la Criminalística. Entonces, los cuatro aspectos fundamentales de la Criminalística vienen a ser: el Sitio del Suceso, El Autor, La Víctima, y los Medios o Instrumentos de Comisión. Estos cuatro aspectos son fundamentales en el estudio de esta disciplina; hacia ellos se dirige la atención de esta materia; se dirige hacia el sitio del suceso, con todos los lugares relacionados; hacia la verificación de la víctima; la individualización del autor; y, la determinación de los instrumentos utilizados, que son los que denominamos agentes físicos, químicos, mecánicos, biológicos, etc.

El primero de estos aspectos de este Tetraedro de la Criminalística, es el Sitio del Suceso. Ahora bien, por ser uno de los más importantes, no significa que sea el único aspecto importante de la criminalística.
El sitio del suceso tiene que ver con el lugar, con el espacio físico en el cual se desarrolló un presunto hecho delictivo. No puede establecerse a priori cual es la forma o la dimensión de este sitio del suceso. Cada sitio del suceso, su dimensión dependerá de la ubicación de la evidencia física. Ahora bien, el hecho criminal tiene, generalmente, tres fases: los actos preparatorios, los actos de ejecución y los actos posteriores; son los actos que en materia penal se conocen con el nombre de actos anteriores, concomitantes y posteriores, respectivamente. La preparación de un hecho delictivo no constituye, generalmente, un delito en sí, a menos que dicha preparación (pensar en la comisión del delito) vaya acompañado de la obtención de elementos ilegales; es por ello que debe prestarse mucha atención al respecto, ya que no todos los actos preparatorios quedan fuera del sitio del suceso. Si en la fase de preparación se cometió un delito conexo con ese puede encontrarse en ese sitio evidencia relacionada. Pero, en principio, el sitio del suceso va a estar determinado o enmarcado en la segunda fase del delito, y con más incidencia en la tercera fase. En la fase de ejecución que es donde el mayor cúmulo y se produce el grueso de la evidencia física.

Producida la evidencia física, el criminalista considerará o tomará en cuenta la cantidad de evidencia que obtiene allí, la ubicación y la calidad, cuando hablamos de calidad es la relación que guarda una evidencia con otra que puede determinar que éste es el sitio del suceso y no aquél otro; para así proceder al aseguramiento, no puede asegurarse el sitio del suceso sin primero haber producido la idea de cual es dicho sitio del suceso; y el criminalista tomará como referencia o considerará para la producción de dicha idea acerca de cuál es el sitio del suceso: la cantidad, la calidad y la ubicación de la evidencia física que va observando y allí surgirá el mapa del sitio del suceso.
En resumen, el sitio del suceso, no está determinado a priori ni su forma ni su extensión; la ubicación de la evidencia física, su cantidad y su calidad es lo que llevará al criminalista a determinar dicha forma y extensión del sitio del suceso.

Cualquier sitio no necesariamente es sitio del suceso, no es cualquier lugar, en virtud de que el criminalista debe saber diferenciar entre un sitio del suceso y un sitio relacionado con ese sitio del suceso. El seguimiento técnico de la evidencia física nos puede indicar el autor, y allí radica la importancia de la preservación del sitio del suceso. El sitio del suceso puede compararse con un libro, que nos dirá en detalle como sucedió el hecho y hasta posiblemente nos revele la identidad del autor. El criminalista, al llegar al sitio de la novedad y observar las primeras evidencias, debe darle tratamiento de sitio del suceso hasta que otro hecho u otra circunstancia lo obligue a cambiar de opinión. Hay tres criterios fundamentales que debe manejar el criminalista cuando llega al sitio de la novedad: 1) Considerar que el delito se está cometiendo todavía, se está perpetrando, esto es con la finalidad de que el criminalista esté alerta y proteja a la comisión; 2) Considerar que el autor está aún en el sitio del suceso, debe llegar con la mentalidad que el autor no ha huido; y 3) Que al llegar al sitio del suceso y observar la primera evidencia debe darle tratamiento de sitio del suceso hasta tanto aparezcan otras circunstancias que lo obliguen a cambiar de opinión; y no quiere esto decir, que el sitio del suceso no ha sido determinado, sino que la secuencia de investigación me va dando el perfil del sitio del suceso; y la indagación, la pesquisa en el sitio, es la que va a determinar el tamaño.
DEFINICIÓN DE SITIO DEL SUCESO.
No siempre el sitio del suceso fue llamado así, podemos encontrar diferentes términos, tales como Teatro de los Acontecimientos, en libros, revistas criminalísticas podemos encontrarnos con este tratamiento; no es raro encontrarlo como Escena del Crimen; Sitio del Suceso; Sitio de los Hechos; Lugar de los Hechos, el término empleado dependerá del gusto del autor.

“El Sitio del Suceso es aquella porción de espacio donde se materializó el acto, susceptible de revelarse por vestigios objetivamente constatables”
Cuando hablamos de materialidad, nos referimos a que salió de la ficción y se produjo una alteración material, es palpable, hay vestigios, es algo material, implica la presencia de materia, elementos químicos, físicos, etc. En lo que al acto al que se hace referencia, es el acto criminal, se trata de un hecho punible, tipificado en el código penal o alguna ley que contenga una sanción penal. Está asociado al espacio.
Cuando se habla de vestigios se refiere a que, en el sitio, para ser considerado sitio del suceso debe haberse producido un rastro como consecuencia del hecho criminal, y además debe ser objetivamente constatable, cuando decimos que debe ser objetivo, es porque está relacionado o vinculado a la razón, no a la emoción, es decir, que debe ser científicamente verificable; este objetivamente constatable, lo asociaremos a científicamente verificable.
CLASES DE SITIO DEL SUCESO.
Sitio del Suceso Abierto: es aquel que se encuentra totalmente expuesto a los elementos o fenómenos ambientales. No está contenido.

Sitio del Suceso Cerrado: es el que está físicamente delimitado, tanto por los lados como por la parte inferior o superior, no se encuentra expuesto a los elementos o fenómenos ambientales.

Sitio del Suceso Mixto: es una combinación, está parcialmente expuesto a los fenómenos ambientales y parcialmente limitado físicamente.

Sitios Relacionados con el Hecho: Existen otros sitios relacionados con el hecho, que podríamos llamar sitios complementarios, estos pueden ser:
·         Sitio de Liberación: Puede confundirse con el sitio del suceso, ya que en el se pueden encontrar algunos instrumentos empleados en un cantidad importante, y puede tender a confundir que se trata del sitio del suceso. El sitio de liberación es creado con posterioridad al hecho principal, y es con la intención de lograr la impunidad de ocultar el crimen.
·         Sitio de Traslado: es aquel donde se traslada la evidencia de  un sitio a otro con el propósito de dificultar la investigación buscando la impunidad, por ejemplo en los secuestros donde la víctima es cambiada en varios sitios y el paso entre ellos se denomina sitio de traslado; no cesa hasta que liberan la persona o es encontrado su cadáver. Estaríamos en un caso complejo donde hay un sitio de inicio, lugar de transferencia y un sitio de cautiverio y a todos les daríamos el tratamiento de sitio del suceso.
·         El Sitio del Suceso, en concreto, es aquél donde se cometió el acto, y dependiendo de qué tipo de delito, se va haciendo más complejo. Entonces podemos decir, en los delitos de acción inmediata el sitio del suceso es aquél donde se cometió el acto; en los delitos de ejecución permanente, hay que darle tratamiento de sitio del suceso a todos los sitios de cautiverio.
Importancia del Conocimiento de las Clases de Sitio del Suceso:
El conocimiento de las clases de sitio del suceso es importante por una razón obvia, para que la criminalística a través de sus expertos pueda determinar el plan de trabajo, el método a seguir y determinar si se trata del sitio del suceso o no.
FUNDAMENTACIÓN LEGAL
La fundamentación legal la encontramos en el Art. 45 de la Ley de Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas que dice que tan pronto tenga, un organismo de seguridad, conocimiento de la comisión de un hecho, tiene que trasladarse de inmediato, para proteger la “escena”, he allí nuestra fundamentación legal, y en concordancia con el Art. 265 COPP, estas son las normas que obligan al tratamiento pronto y el aseguramiento del sitio del suceso.

La protección del sitio del suceso: es la aplicación de toda medida, de cualquier naturaleza, que garantice la preservación del sitio del suceso y de la evidencia física, con el propósito de que no se altere el sitio del suceso, que no se destruya o contamine, y que no se deteriore, manipule, evidencia física.
IMPORTANCIA DEL SITIO DEL SUCESO.
La importancia radica en que el sitio del suceso, en el tetraedro de la criminalística, es el que tiene que ver con lo geográfico, es decir, con la ubicación espacial del hecho.
Como ya hemos mencionado, el tetraedro está compuesto por: el sitio del suceso, la víctima, el autor, los medios de comisión y, como agregado de la cátedra, decimos que también lo integran los lugares relacionados.
También habíamos conversado que el delito tiene tres fases, la preparación, la ejecución y los actos posteriores; y el sitio del suceso está enmarcado en la fase de ejecución. Pero también vimos que pudieran realizarse actos durante la fase preparatoria que también constituyen delito, esto nos pone en la necesidad de calificar estos sitios como  sitios relacionados, y esa es la razón del agregado; de igual forma sucede con los sitios que son utilizados para escapar luego de la comisión de un hecho criminal, éstos no son sitio del suceso, pero son sitios relacionados con el suceso.
La importancia del sitio del suceso, dentro de la criminalística, viene dada porque, entre otros, el sitio del suceso viene a constituir la parte geográfica, la materialidad del delito, y como consecuencia de eso, en principio, es la fuente principal de evidencia física; esto no quiere decir que sea la única, porque estaríamos excluyendo a la víctima, a los lugares relacionados, al autor y a los medios de comisión; pero es la principal fuente de hallazgo de evidencia física. Un sitio del suceso correctamente manejado puede darnos incluso la identificación del autor del hecho, y un análisis adecuado de los elementos que contiene el sitito del suceso podría indicarnos cómo se desarrollo, como se materializó la perpetración del hecho, es la fase inicial, el punto de inicio de toda investigación criminal. Como ya mencionamos, algunos autores, lo comparan con un libro, el cual si es tratado adecuadamente, es leído con detenimiento, su contenido es analizado adecuadamente, los conocimientos que brinda, podemos sacar provecho de dicho libro; es por ello que muchos autores comparan al sitio del suceso con un libro muy frágil, muy útil pero a la vez muy frágil, al cual, si es tratado de forma adecuada, aporta conocimientos, la cronología del sitio del suceso, pero, el tratamiento inadecuado desaparece las evidencias y destruye el sitio del suceso.
La importancia que tiene el sitio del suceso es que nos permite la reconstrucción de sitio, es la fuente principal y primera de evidencia física, su análisis adecuado nos puede indicar la cronología del sitio, su análisis y tratamiento adecuado nos puede indicar el autor del hecho, y es por eso que existe esta disciplina, para proteger el sitio del suceso.
ANÁLISIS DEL SITIO DEL SUCESO.
No es otra cosa que el estudio del mismo, es decir, aplicar todo un conjunto de conocimientos a su interpretación, interpretar los elementos materiales que ofrece, a través de la observación y la lógica.
 Entonces, analizar el sitio del suceso es estudiarlo con lógica para una observación minuciosa; no es una observación superficial, una observación superficial del sitio del suceso no puede llevarnos más que a conclusiones equivocadas, conclusiones a priori y superficiales. Por lo que estudiar el sitio del suceso comporta un trabajo exhaustivo y profesional del criminalista, comienza con la observación; continúa con los desplazamientos, desplazamientos físicos, el criminalista se desplaza dentro del sitio del suceso, el criminalista viene del exterior a ingresar al sitio del suceso; ya previamente lo ha detectado, ha determinado su tamaño y su forma tomando en cuenta la ubicación de evidencias y la distancia entre esa evidencia; el tamaño lo determina tomando en cuenta la distancia entre evidencias y la ubicación de la evidencia determina la forma del sitio del suceso.
Observación: El criminalista comienza a analizar el sitio del suceso desde afuera. El criminalista no ingresa al sitio del suceso antes de empezar a observar; observa desde afuera la ubicación de la evidencia; y comienza su análisis con una observación minuciosa y exhaustiva, y con esa observación panorámica podrá empezar a determinar el tamaño.
Ingreso al sitio del suceso: El siguiente paso para continuar el análisis es el ingreso al sitio del suceso. Una vez en el sitio del suceso empieza el cotejo, es decir, comienza a establecer la relación entre evidencia y evidencia. Ese cotejo nos va a dar otros pasos dentro del análisis que son: el planteamiento del problema, para producir una hipótesis, y se generará una teoría del hecho.
Con todos los elementos de observación, de ubicación de la evidencia, su distancia y de la relación existente que estableció el criminalista en la evidencia, producirá una hipótesis, y luego la teoría de ese suceso, eso es lo que llamamos análisis del sitio del suceso; por eso es importante el análisis adecuado del sitio del suceso, si no le hacemos un tratamiento previo adecuado, no se asegura, no se protege, trae como consecuencia, que toda la evidencia será alterada, y cualquier conclusión a la que se llegue será errónea; y allí radica la importancia de la no alteración del sitio del suceso. Debemos aprender a identificar cuando un sitio del suceso fue alterado. El sitio del suceso puede decirnos cuando una evidencia no es natural de ese sitio.
LA VÍCTIMA
            La víctima criminalísticamente hablando tiene una connotación distinta a su consideración en lo procesal penal. El Art 119 COPP establece un listado de quienes pueden considerarse víctimas. En criminalística, la víctima es la persona violentamente afectada. Víctima, en consecuencia, será la persona sujeto del hecho criminal; y le dejamos a los cuerpos policiales preventivos, a los tribunales penales, a la fiscalía, el tratamiento de las otras personas que se consideran víctimas, en virtud de que, si criminalísticamente le damos connotación de víctima a los mismos sujetos que el COPP, entonces estaríamos imposibilitados para la investigación, por ejemplo, de los parientes de la persona que sufrió el daño, ya que estos parientes pueden tener condición de víctima y por tanto una serie de derechos que como tales deben respetársele. Criminalísticamente hablando, en la mayoría de los casos, los principales sospechosos son los esposos(as), es por ello que, criminalísticamente, no se descarta a nadie. La víctima, para la criminalística, es la persona directamente afectada por el hecho.
EL VICTIMARIO
            A pesar que es el término empleado en el temario, éste no es el adecuado, el término correcto debería ser Autor o Partícipe del hecho, no Victimario, en los tribunales se acusa como autor, coautor, encubridor, facilitador, cooperador inmediato, cómplice necesario.
La palabra victimario, es un término inexacto, ya que de acuerdo a su origen etimológico, está asociado a la persona que conducía a las víctimas de sacrificios al lugar donde se llevaría a cabo dicho sacrificio; y este término no se adapta a lo que se pretender explicar, ya que el autor, no conduce a la víctima a ningún sacrificio, por eso decimos que el término victimario es inexacto. Tampoco podemos hablar de responsable, le corresponde a procesal penal establecer si ese autor es responsable o no, responsable es un concepto legal, pudo haber actuado en legítima defensa o tratarse de una persona con enfermedad mental, pero hay que hacer la aclaratoria, aún bajo estas circunstancias no dejan de ser autores, es por ello que el término correcto es el de Autor o Partícipe, criminalísticamente hablando no se habla de responsabilidad, hablamos de autoría. La diferencia en la connotación del autor en Procesal Penal y en Criminalística; el autor en criminalística es la persona directamente perpetradora del hecho y todas aquellas personas que participan junto con él como elementos necesarios. Les damos el tratamiento a todos los que participan en el hecho como autores hasta que la evidencia vaya indicando esta persona es autor, esta otra es partícipe.
Es importante analizar la situación de la Victima y del Autor en el Tetraedro, debido a que ellos pueden contener evidencia. La víctima puede contener, por ejemplo, heridas, lesiones, señales, signos, rastros, vestigios, de la perpetración y como consecuencia de esto, la víctima pasa a ser objeto de estudio; por esto es que la víctima pertenece al Tetraedro. Esta es la razón por la que la Criminalística no se ciñe exclusivamente al sitio del suceso. Lo mismo sucede con el autor, éste también puede contener, por el principio de traslado de evidencia, elementos materiales y vestigios materiales del delito, pero no podemos darle el mismo tratamiento a la víctima que al autor. Por ejemplo, si es un caso de homicidio, la víctima tiene un tratamiento distinto, al autor no podemos hacerle autopsia.
Art. 46 ord. 3º de la C.R.B.V.:
“Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral; en consecuencia:
3.Ninguna persona será sometida sin su libre consentimiento a experimentos científicos, o a exámenes médicos o de laboratorio, excepto cuando se encontrare en peligro su vida o por otras circunstancias que determine la ley”.
Entonces, la Criminalística no se aplica igual a todos los aspectos del Tetraedro, al cadáver es obligatorio realizarle el protocolo de autopsia.
MEDIOS DE COMISIÓN
            La criminalística tiene que ver con el estudio material del delito. En este mundo, eminentemente material, todo puede convertirse en un Arma de Ocasión. Por ejemplo, en un caso de homicidio, el arma utilizada fue un machete, el machete, en principio no es un arma, es un instrumento agrícola, pero la voluntad del autor lo convierte en un arma de ocasión.
Entonces, cualquier elemento material puede ser considerado un arma. Existen armas o instrumentos de comisión propiamente dichos o considerados armas propiamente dicha tales como: armas de fuego, armas blancas, etc.; pero también tenemos otra categoría que es la de las armas o instrumentos de ocasión.
El criminalista tiene que darle rango a todos los instrumentos de comisión, el rango de arma de ocasión, inclusive, las armas propiamente dichas deben ser tratadas como armas de ocasión, ya que la finalidad de éstas es neutralizar, para defensa, protección; si fuesen para matar, no se otorgaran permisos; pero se convierte en arma de ocasión cuando la intención al usarla es la de causar la muerte.
Aun cuando existe una clasificación de armas propiamente dichas, y las armas de ocasión, para el criminalista, cualquier instrumento, potencialmente, puede ser un arma, dependiendo de la voluntad del criminal; y a pesar de la clasificación anterior, para nosotros todo puede ser un arma, dependiendo de la forma como se emplee.

Debemos ampliar la consideración de todas las clasificaciones de las armas al caso específico, y considerar que todos los instrumentos utilizados en ese caso específico son los instrumentos de ocasión para ese caso. En cada caso vamos a considerar que tiene un arma de ocasión. A lo que le vamos a dar tratamiento de ocasión es a cada caso
Caso de la Modelo Ángela Medina: David Emiliano Ramírez Salazar, cantante, mantenía relaciones amorosas con su mánager, Víctor Daniel Marín Córdoba (37) y su amigo, Joalber José González Loyo (28), conocido como Owen, desde la adolescencia. Quedar al descubierto llevó a matar a su novia, la modelo Ángela Meliana Medina Valles. Al parecer la joven le reclamó. El cantante se molestó, agarró una funda de una almohada y mientras la joven le daba la espalda se la amarró al cuello y comenzó a apretarla. Medina trató de defenderse; solo le arañó el rostro y el brazo derecho, pero no pudo. Murió. Se golpeó la cabeza con una mesa antes de caer al piso
David Emiliano Ramírez llamó a Joalber González y le contó lo sucedido, posteriormente él se comunicó con Víctor Marín y Mauricio Villegas. Salió de la habitación, observó que nadie estaba despierto y sacó el cadáver de la joven, lo montó en el vehículo, manejó hasta el puente de Santa Rosa, en donde se encontró con los otros tres amigos, quienes se trasladaban en un Mazda 3 azul, placa AB353CP e hicieron un trasbordo del cuerpo hacia ese carro. Luego procedieron a llevarlo hasta la carretera vieja Barquisimeto-Yaritagua.
En la vía pública, el cantante y sus acompañantes prendieron con un yesquero la cartera de la joven, pensando que haría combustión y todo su cuerpo se quemaría. La funda utilizada por el joven para estrangular a Ángela Medina la botaron por la avenida Lara, pero la Policía no la encontró.
El cantante luego regresó a la casa y ordenó toda la habitación. Esperó a que hallaran el cadáver, se trasladó a la morgue, lloró y lloró hasta que la Policía lo detuvo como autor intelectual del asesinato.


 





                                                             

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